Reconocimiento de los niveles B2 y C1 de catalán por escolaridad reglada no universitaria
PASO 1: Verificar los requisitos
Personas nacidas a partir del año 1972 que cumplan con los dos siguientes requisitos:
- Haber realizado el itinerario escolar íntegramente en Cataluña o, parcialmente, en otros territorios donde el catalán fuera lengua curricular evaluable, de manera que se haya terminado obteniendo la titulación en el sistema educativo de Cataluña.
- Haber obtenido una de las siguientes titulaciones: graduado escolar, técnico auxiliar, técnico especialista o BUP, del anterior sistema educativo; graduado de educación secundaria obligatoria o bachillerato, del actual sistema educativo.
Es importante indicar que las pruebas de acceso para mayores de 25 años, selectividad y acceso a los ciclos formativos, así como los ciclos formativos de grado medio o de grado superior, no aparecen en la normativa y, por lo tanto, no se pueden tener en cuenta.
Solo si cumplís los requisitos se puede continuar con el trámite.
PASO 2: Preparar la documentación necesaria
- Libro de escolaridad o certificado del centro o centros donde se ha realizado el itinerario escolar correspondiente a la etapa educativa (EGB, BUP, FP, primaria, ESO o bachillerato).
- Título, resguardo del título o certificado que acredite que la titulación superior se ha obtenido sin suspender ninguna asignatura o, en el caso de la ESO, que se ha superado la asignatura de lengua catalana al finalizar el ciclo superior.
PASO 3: Solicitar online
PASO 4: Recibir respuesta
Secretaría se pondrá en contacto contigo a través del correo electrónico que hayas indicado en la solicitud una vez que esté tramitada.